PREGUNTAS FRECUENTES

Como LLegar

Mapa de la comuna con la dirección y rutas de como llegar a la notaria desde cualquier parte de la región

SABER MAS

  • Otorgar un Poder General

    PRESENTARSE EN UNA NOTARIA CON: SU CEDULA DE IDENTIDAD VIGENTE, SER MAYOR DE 18, PRECISAR DE LOS DATOS DEL MANDATARIO (NOMBRE COMPLETO Y NUMERO DE C.I) Y TENER CONOCIMIENTO Y CLARIDAD DEL TRAMITE EN EL QUE LO VAN A REPRESENTAR.

  • Decl. Jurada, Carta poder

    CEDULA DE IDENTIDAD VIGENTE, MAYOR DE 18 AÑOS, NOMBRE COMPLETO Y NUMERO DE CEDULA DE IDENTIDAD DEL AUTORIZADO. PRECISAR DOMICILIO QUE SERA FIJADO COMERCIALMENTE.

  • Autorización fijar domicilio comercial

    CEDULA DE IDENTIDAD VIGENTE, MAYOR DE 18 AÑOS, NOMBRE COMPLETO Y NUMERO DE CEDULA DE IDENTIDAD DEL AUTORIZADO. PRECISAR DOMICILIO QUE SERA FIJADO COMERCIALMENTE.

  • Autorización de Viaje

    • Presentarse padre y madre con su cédula de identidad al día y certificado de nacimiento del menor, cuando los menores salgan con una persona distinta a ellos.
    • En caso de que el menor salga fuera del país con la madre, es el padre quien otorga la autorización con los requisitos indicados en el párrafo anterior, y si el menor sale con el padre, es la madre la que otorga la autorización con los requisitos indicados en este punto.
  • Vender un Vehículo

    • Certificado de Anotaciones Vigentes del Vehículo, con no más de 10 días de antigüedad.
    • Último Permiso de Circulación.
    • Si el vendedor o el comprador, son personas jurídicas, deben además traer el Rut de la Empresa y la escritura por la cual consta su personería para representarla, con vigencia.
  • Celebración de un contrato de arrendamiento

    • Ambas partes deben presentarse con su cédula de identidad al día, y ser mayores de 18 años.
    • En caso de que el arrendador y el arrendatario, sean personas jurídicas deben presentar el Rut., y copia de la escritura por la cual consta su personería.
  • Transferencias de Bien Raíz

    • Es necesario contar con los siguientes documentos.
    • Copia de la escritura que originó el título de dominio.
    • Certificado de Dominio Vigente otorgado por el Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
    • Certificado de Hipotecas y Gravámenes de 30 ó 50 años, según corresponda, otorgado por el mismo Conservador de Bienes Raíces.
    • Certificado de Tesorería que acredite que la propiedad no tiene deudas de contribuciones.
    • Certificado de no expropiación otorgado por el Serviú y otro por la Municipalidad que corresponda al domicilio de la propiedad que se vende. Con todos los antecedentes descritos anteriormente, se debe solicitar la asesoría de un abogado para que en base a dichos documentos estudie los títulos de la propiedad y confeccione un borrador de la escritura de compraventa. Con ese borrador la Notaría confecciona la escritura pública respectiva, de la cual, una vez firmada por las partes, se otorgan copias para inscribir en el Conservador de Bienes Raíces respecto a la transferencia.
    • Se aconseja minuta redactada por un Abogado.
  • Protesto de Letras

    • Quien realice el pago debe tener en su poder la notificación del banco o de la notaría, o el número de cédula de identidad del aceptante. Al momento del pago la persona debe cancelar los gastos y derechos de la notaría en dinero efectivo. Estos cobros varían en relación al monto de la letra protestada.

     

     

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